
Boletín Lextribut@rio – Primera quincena de octubre: Pronunciamiento de interés de la SUNAT
Especialistas en el tema
Se absuelven consultas sobre los resultados contables de los contratos de instrumentos financieros derivados (IFD)
Mediante el Informe 000071-2024-SUNAT/7T0000, publicado el 01 de octubre del 2024, la SUNAT absolvió la consulta vinculada a si los resultados contables de contratos de instrumentos financieros derivados (IFD) tienen tratamientos tributarios diferenciados (hasta el 31 de diciembre de 2018 y posteriormente a dicha fecha), o si correspondía que tales resultados acumulados se hayan imputado al cierre del ejercicio gravable 2019.
En ese sentido, la SUNAT señaló que los resultados contables acumulados generados antes del 1 de enero del 2019, tratándose de contratos que a dicha fecha no se haya verificado alguno de los supuestos previstos en el artículo 57 de la Ley del Impuesto a la Renta, no corresponde su reconocimiento como renta o perdida para efectos tributarios en el ejercicio gravable 2019 ni siguientes.
Asimismo, los resultados contables que se generen a partir del 1 de enero del 2019 deben reconocerse como renta o pérdida para efectos tributarios al cierre de cada ejercicio gravable, a partir del 2019.
Suscríbete al newsletter
Selecciona tus categorías de interés
- Administrativo
- Agroindustria
- Ambiental
- Arbitraje
- Competencia
- Compliance
- Compromiso Social
- Corporativo / Fusiones y Adquisiciones
- Derecho Administrativo
- Derecho del Consumidor
- Diversidad e Inclusión
- Energía
- ESG
- Financiamiento
- Guías y Cartillas
- Infraestructura
- Inmobiliario
- Investigaciones internas
- Laboral
- Medios, Entretenimiento y Telecomunicaciones
- Mercado de Capitales
- Minero
- Nuevas Tecnologías y Activos Digitales
- Operaciones Financieras
- Penal
- Podcast
- Privacidad & Protección de Datos
- Pro Bono
- Proyectos
- Publicaciones y Colaboraciones
- Salud y Productos Farmacéuticos
- Servicios Financieros y Fintech
- Solución de Controversias
- Tributario


