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Lextribut@rio

Boletín Lextribut@rio – Primera quincena de septiembre: Proponen modificar la restitución de derechos arancelarios (drawback) a las empresas productoras – exportadoras

18/9/2024
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Mediante el Oficio 2079-2024-EF/13.1, de fecha 28 de agosto de 2024, el Ministerio de Economía y Finanzas remitió al Consejo de Ministros del Poder Ejecutivo el proyecto de decreto supremo, a través del cual se pretende la modificación del Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, aprobado por el Decreto Supremo No. 104-95-EF.

Las principales modificaciones que se realizarían al Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios son las siguientes:

  • La tasa de restitución de derechos arancelario ya no será del 3% del valor FOB del bien exportado.
  • Se indica que las empresas productoras – exportadoras obtienen una restitución efectiva por los derechos arancelarios pagados por los insumos importados y adquiridos a terceros.
  • Se señala que corresponde a la SUNAT emitir el procedimiento e implementar el sistema informático para el cálculo de la restitución efectiva antes mencionada.
  • Mientras la SUNAT no realice lo anterior, se aplica una tasa de restitución de derechos arancelarios del 0.5% del valor FOB del bien exportado.

A la fecha, el citado proyecto no ha sido publicado en el Diario Oficial “El Peruano” y se encuentra en evaluación por el Poder Ejecutivo.