
Prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2024 la vigencia de exoneraciones y beneficios tributarios vinculados con el Impuesto General a las Ventas
30/12/2021
Especialistas en el tema
Mediante el Decreto Legislativo No. 1519, publicado el 30 de diciembre de 2021, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2024 la vigencia de:
- El Decreto Legislativo No. 783 que aprueba la norma sobre devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas y otros.
- La exoneración del Impuesto General a las Ventas por la emisión de dinero electrónico efectuada por las empresas emisoras de dinero electrónico, a que se refiere el artículo 7 de la Ley No. 29985, Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera.
Asimismo, el Decreto Legislativo bajo comentario prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2022 la vigencia de las exoneraciones contenidas en los Apéndices I y II de la Ley del Impuesto General a las Ventas.
Vigencia: El Decreto Legislativo entrará en vigencia el 1 de enero de 2022.
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