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Boletín

Boletín Lextribut@rio – Segunda quincena de enero: Otras normas de interés tributario

4/2/2026
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La SUNAT amplía la aplicación de la facultad discrecional en sanciones por infracciones relacionadas a libros y registros vinculados de manera electrónica

Con fecha 30 de enero de 2026, se publicó la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos No. 000005-2026-SUNAT/700000, mediante la cual, se ampliaron los supuestos para la aplicación de la facultad discrecional de la SUNAT previsto en la Resolución de Superintendencia Nacional de Tributos Internos No. 000039-2023-SUNAT/700000, relativo a las infracciones tipificadas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario.

En ese sentido, se estableció lo siguiente:

i. “Tratándose de los sujetos que al período diciembre de 2025 se encuentran obligados a utilizar el SIRE:

    • Incluir a dichas infracciones cuando se configuren por los períodos enero, febrero y marzo de 2026.
    • Prorrogar el plazo para subsanar la generación de los registros y/o realizar los ajustes que correspondan en el SIRE hasta el 30 de abril de 2026.

ii. Tratándose de los sujetos que a partir del período enero de 2026 se encuentran obligados a utilizar el SIRE:

    • Incluir a dichas infracciones cuando se configuren por los períodos enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2026.
    • Prorrogar el plazo para subsanar la generación de los registros y/o realizar los ajustes que correspondan en el SIRE hasta el 30 de junio de 2026”.