Cristina Oviedo, nuestra Socia especialista en Derecho Laboral, declaró para Semana Económica acerca del nuevo criterio de Sunafil según el cual las multas por incumplimientos en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) recaerán únicamente en la empresa tercerizadora, siempre que los trabajadores tercerizados no trabajen junto a los empleados de la empresa principal.
Antes, la Sunafil multaba a la empresa contratista y a la principal sin verificar si hubo un incumplimiento independiente del deber de vigilancia.