
Dato Laboral – Lucro cesante no debe incluir remuneraciones y beneficios sociales dejados de percibir
En la Casación 15067-2017 Cusco (27/06/19), la CS analizó un proceso de indemnización de daños y perjuicios formulado por un trabajador reincorporado por mandato judicial, quien reclama el resarcimiento del lucro cesante y daño moral generados por el despido.
Tanto el Juzgado de primera instancia, como la Sala Superior estimaron la demanda fijando el lucro cesante en un monto que incorporaba tanto remuneraciones dejadas de percibir como los beneficios sociales generados durante el período que duró la desvinculación buscando “(…) establecer un equilibrio de lo que venía percibiendo la demandante.”
Al respecto, la CS estableció que, “(…) si bien es cierto que, el despido ilegal efectuado a la demandante le ocasionó daño patrimonial, en la modalidad de lucro cesante (…), de ninguna forma puede asimilarse ello a las remuneraciones, beneficios sociales devengados, toda vez que constituiría enriquecimiento indebido y pago por labor no efectuada.”
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