
Dato Laboral: ¿Recategorización de grupos ocupacionales genera acto de hostilidad?
En la Casación 13931-2017 Del Santa, la CS analizó una demanda de cese de hostilidad por reducción de categoría pues luego de una reorganización en la empresa, el demandante dejó de ocupar el puesto de Jefe de Taller para ocupar el de Inspector de Calidad y, luego el de Técnico de Control de Calidad. En la historia de este trabajador encontramos que la primera reducción fue cuestionada por la misma razón en un proceso previo, en donde se determinó que no existió acto hostil del empleador pues se trataba de un cambio organizacional.
Similar conclusión arriba la CS al analizar el último cambio de cargo pues, indica que ello obedeció a una recategorización de los grupos ocupacionales y modificación del Manual de Organización y Funciones en donde el puesto que antes ocupaba el demandante requería de una acreditación académica superior, todo lo cual fue aprobado por el Directorio para toda la organización, descartándose la existencia de un acto hostil en contra del demandante.
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