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Declaran Áreas de No Admisión de Petitorios Mineros en Lima y Moquegua

5/11/2026
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El 5 de noviembre del 2026, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto Supremo N° 026-2026-EM, mediante el cual se declaran las siguientes dos Áreas de No Admisión de Petitorios Mineros (“ANAP”) y se autoriza al Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET a realizar trabajos de prospección minera regional en dichas áreas por un plazo de 3 años calendario:

N°

ANAP

UBICACIÓN

EXTENSIÓN

1

GUANEROS

Distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua

7,700 ha

2

QUIPAN

Distritos de Aucallama y Huamantanga, provincias de Huaral y Canta, departamento de Lima

6,700 ha

Las ANAP son áreas en donde se suspende temporalmente la aceptación de nuevas solicitudes de petitorios mineros, con el fin de que INGEMMET pueda realizar trabajos de prospección minera regional por un período máximo de cinco años; cuyo resultado puede ser puesto a disposición del público a título oneroso. Posterior a ello, las ANAP quedan de libre disponibilidad o pueden ser sujetas a un proceso de promoción de la inversión a cargo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, de acuerdo con el artículo 25° del TUO de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, modificado por el Decreto Legislativo N° 1333, publicado el 6 de enero de 2017.