
El 20 de agosto vence el plazo para presentar el Plan Ambiental Detallado (PAD) de actividades eléctricas
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El próximo 20 de agosto de 2026 vence el plazo previsto por el Ministerio de Energía y Minas (“MINEM”) para que los titulares de actividades eléctricas, que se encuentren en los siguientes supuestos, presenten ante la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad (“DGAAE”) del MINEM su Plan Ambiental Detallado (“PAD”):
- Desarrollo de actividades eléctricas sin haber obtenido previamente la aprobación de un Estudio Ambiental o Instrumento de Gestión Ambiental complementario.
- Desarrollo de actividades eléctricas que cuentan con Estudio Ambiental o Instrumento de Gestión Ambiental complementario y ha realizado ampliaciones y/o modificaciones sin haber efectuado previamente el procedimiento de modificación correspondiente.
- Cuenta con una Declaración Jurada para el desarrollo de sus actividades eléctricas, en lugar de contar con un Estudio Ambiental.
Recordemos que la presentación del PAD se puede hacer sin la necesidad de haber presentado previamente la comunicación previa de acogimiento; y que las actividades y/o componentes que sean objeto de adecuación a través del PAD deben haber sido construidos antes de la entrada en vigencia del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas, es decir, antes del 8 de julio de 2019.
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