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Lexl@boral

Lexl@boral – El 30 de marzo de cada año es considerado como día feriado para los trabajadores del Hogar

27/3/2026
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Según la Ley 31047, se considera feriado no laborable remunerado el 30 de marzo de cada año, Día de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar.

En ese sentido, es importante recordar las principales obligaciones de los empleadores:

  • Registro del trabajo del hogar

El empleador debe inscribirse, inscribir el contrato de trabajo del hogar e inscribir a la persona trabajadora del hogar que se encuentre a su cargo en el Registro del Trabajo del Hogar dentro del plazo de 3 días hábiles posteriores a su celebración.

No cumplir con el registro → una infracción grave. Por cada trabajador afectado la multa asciende a S/ 715.00.

  • Remuneraciones

El pago de la remuneración por transferencia bancaria se realiza solo bajo el consentimiento expreso, formal y escrito de la persona trabajadora del hogar en el contrato de trabajo o en un acuerdo posterior. Está prohibido el pago de la remuneración a persona distinta de la persona trabajadora del hogar, a través de transferencia bancaria o en efectivo.

Realizar el abono de remuneración del trabajador del hogar a través de transferencia financiera sin contar con su consentimiento por escrito à infracción grave. Por cada trabajador afectado la multa asciende a S/ 715.00.

  • Condiciones de trabajo

Cuando se proporcione alojamiento y alimentación, se garantizan las siguientes condiciones:

  1. Una habitación para uso exclusivo y personal de la persona trabajadora de hogar, por lo que es separada, privada, amueblada y ventilada, y equipada con un cerrojo cuya llave se entrega a la persona trabajadora del hogar. Bajo ningún motivo se puede destinar el espacio físico privado otorgado a la persona trabajadora del hogar a otro uso que no sea el de habitación.
  2. El acceso a instalaciones sanitarias, comunes o privadas, que estén en buenas condiciones.
  3. Una iluminación suficiente en función de las condiciones prevalecientes en el hogar.
  4. Comidas en calidad y cantidad suficiente.

No cumplir con dichas condiciones → infracción grave. Por cada trabajador afectado la multa asciende a S/ 715.00.