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INDECOPI publica el “Informe Preliminar del Estudio de mercado sobre combustibles líquidos y gas licuado de petróleo en el Perú”

30/9/2026
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El 24 de setiembre de 2026 el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (“INDECOPI”) publicó el “ Informe Preliminar del Estudio de mercado sobre combustibles líquidos y gas licuado de petróleo en el Perú ” (el “Informe”).

El Informe evalúa las condiciones de competencia en los mercados de combustibles líquidos y gas licuado de petróleo (GLP), y formula recomendaciones -dirigidas principalmente al Ministerio de Energía y Minas (“MINEM”) y al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (“Osinergmin”)- para promover la competencia en dicho sector.

Principales hallazgos y recomendaciones 

INDECOPI identifica una elevada concentración en los primeros eslabones de la cadena de valor de los combustibles, particularmente en las actividades de almacenamiento y comercialización mayorista. Según el Informe, esta situación estaría asociada a restricciones estructurales para acceder a infraestructura de almacenamiento y a medidas excepcionales que, en la práctica, habrían generado ventajas a un operador específico en el mercado.

En este contexto, el Informe identifica dos principales riesgos para la competencia:

1. Riesgos estructurales vinculados al acceso a infraestructura de almacenamiento

INDECOPI considera que el almacenamiento es esencial para competir en la comercialización mayorista de combustibles líquidos y GLP. Sin embargo, advierte que la limitada capacidad instalada y su concentración en determinados operadores podrían restringir la posibilidad de ingreso o expansión de competidores. Entre los principales factores identificados destacan:

  • La integración vertical entre actividades de importación o producción, almacenamiento y comercialización podría crear incentivos para que el operador integrado priorice sus propias necesidades de almacenamiento frente a solicitudes de terceros.
  • Determinadas condiciones comerciales de acceso al almacenamiento, tales como compromisos mínimos de volumen, plazos de permanencia o cláusulas de exclusividad, podrían incrementar los costos de entrada para operadores independientes o de menor escala cuando la capacidad disponible resulta limitada.
  • El desarrollo de nueva infraestructura de almacenamiento enfrenta elevados costos de inversión, economías de escala requeridas y retrasos e incertidumbres asociados a los trámites administrativos, ambientales y municipales necesarios para su implementación.

Frente a los riesgos identificados, INDECOPI recomienda:

  • Evaluar mecanismos competitivos y transparentes para la asignación de capacidad remanente u ociosa en las instalaciones de almacenamiento del operador que concentra la mayor capacidad de combustible (i.e. subastas), de manera que se facilite el acceso de distribuidores sin infraestructura propia.
  • Garantizar que la nueva infraestructura pública opere con reglas abiertas, transparentes y de no discriminación, incluyendo la publicación de capacidad disponible, mecanismos de solución de controversias y la determinación de tarifas de recepción, almacenamiento y despacho basadas en criterios de eficiencia.
  • Implementar una ventanilla única especializada, u otros mecanismos equivalentes, para simplificar y articular los requisitos exigidos por las distintas entidades competentes para el desarrollo de proyectos de almacenamiento, reduciendo incertidumbre y costos administrativos.

2. Riesgos regulatorios asociados a medidas excepcionales de seguridad energética

INDECOPI observa que existen medidas extraordinarias implementadas por el Estado que, si bien respondieron a objetivos de seguridad energética, en la práctica, habrían favorecido a un operador específico en el mercado. Entre ellas se menciona la autorización temporal para comercializar diésel sin biodiésel y las disposiciones que permitieron la operación de determinadas instalaciones antes de contar con todas las autorizaciones definitivas.

Frente al riesgo identificado, INDECOPI recomienda:

  • Que el MINEM incorpore criterios de transparencia, predictibilidad y neutralidad competitiva al diseñar medidas excepcionales o transitorias para afrontar situaciones de abastecimiento. En particular, propone que estas medidas cuenten con una justificación expresa sobre su necesidad y proporcionalidad, con una evaluación de alternativas menos restrictivas para la competencia y contemplen mecanismos de seguimiento y revisión.

Las partes interesadas en presentar sus comentarios al Informe podrán hacerlo hasta el 12 de octubre de 2026 a través de un escrito dirigido a la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia. Los aportes recibidos durante esta etapa de consulta pública contribuirán a validar, precisar o modificar, de ser necesario, el análisis y las propuestas planteadas.