Infografía: «Obligaciones del empleador para construir entornos laborales saludables»

14/10/2026
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Continuando con el PRCP Legal Week: Laboral, nuestros especialistas Paola Felipa y Mauricio Almonte comparten una infografía sobre las obligaciones del empleador para construir entornos laborales saludables. El material aborda los principales aspectos que deben tener en cuenta las organizaciones para promover la salud mental en el trabajo y cumplir con sus obligaciones laborales.

Las obligaciones del empleador en materia de seguridad y salud en el trabajo (SST) no se limitan a evitar cortes, caídas o golpes; también comprenden velar por la salud mental de sus trabajadores. A continuación, resumimos las principales obligaciones que las empresas deben cumplir para construir entornos laborales saludables.

1. Identificar los riesgos psicosociales y plasmarlos en el IPERC

El empleador debe identificar, evaluar y controlar los factores de riesgo psicosocial e incorporarlos en su matriz IPERC (Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Medidas de Control). Estos factores pueden ser la sobrecarga, el ritmo de trabajo, las exigencias emocionales, los conflictos en el entorno laboral y el agotamiento laboral, entre otros.

  • Factores clave a vigilar: estrés, burnout (agotamiento), hostilidad, acoso, mobbing y sobrecarga laboral, entre otros.
  • Realizar encuestas u otras acciones que permitan obtener información fiable sobre la situación actual de los trabajadores.

2. Vigilancia de la salud mental

  • Monitorear los factores psicosociales al menos una vez al año.
  • Medir el estado de salud mental de los trabajadores en los exámenes médicos ocupacionales.
  • Tomar medidas concretas a partir de los resultados obtenidos.

3. Reporte y gestión documentaria

  • Poner el tema en la agenda del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Registrar la información que se obtenga y trabajar sobre la base de ella.
  • Generar documentos que acrediten que se vienen tomando acciones en favor de la salud mental de los trabajadores.

4. Capacitación y comunicación

  • Capacitar a trabajadores y jefes para conocer y detectar situaciones peligrosas para la salud mental.
  • Contar con mecanismos de denuncia y comunicación de situaciones peligrosas.

La omisión de estos mecanismos puede configurar infracciones graves o muy graves en materia de SST.

Consecuencias del incumplimiento

Si la empresa no puede acreditar haber tomado acciones para proteger la salud mental de sus trabajadores, podrá ser multada con hasta S/ 288,915.00.

  • Ley N.° 30947, Ley de Salud Mental: establece el derecho a gozar del más alto nivel posible de salud mental y obliga a las instituciones privadas a realizar actividades preventivas frente a riesgos psicosociales.
  • Decreto Supremo N.° 007-2020-SA: reglamento que detalla las actividades de promoción y prevención que deben realizar las empresas.
  • Ley N.° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo: obliga al empleador a prevenir que la exposición a agentes psicosociales genere daños en la salud.
  • Decreto Supremo N.° 005-2012-TR: reglamento de la Ley de SST, que precisa que la vigilancia de la salud debe incluir evaluaciones cualitativas y cuantitativas de factores psicosociales.

Accede a la infografía a continuación: