
Infografía – SPLAFT aplicable a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales
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El 1 de agosto de 2024, la SBS publicó la Resolución N° 2648-2024, estableciendo normas de prevención de LA/FT para Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) bajo supervisión de la UIF-Perú. Los PSAV deberán implementar un Sistema de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SPLAFT) que incluya un oficial de cumplimiento, un Manual, políticas, procedimientos, registro de operaciones, entre otros. Las sanciones por incumplimiento varían según la gravedad, con multas de hasta 100 UIT para personas jurídicas. Esta norma busca asegurar la transparencia y seguridad en el manejo de activos virtuales en Perú.
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