
Lexl@boral – Nuevos precedentes administrativos de observancia obligatoria del Tribunal de Fiscalización Laboral
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El 9 de marzo de 2025 se publicó la Resolución de Sala Plena 1-2025-SUNAFIL/TFL, a través de la cual el Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) estableció precedentes administrativos de observancia obligatoria.
A continuación, describimos los principales alcances de los referidos precedentes:
| Fundamento | Detalle |
| Tipificación de las lesiones al derecho a la huelga
(Fundamento 6.15, 6.16 y 6.17)
|
El TFL precisa que las conductas que afectan el derecho a la huelga son consideradas como infracciones muy graves reguladas en el numeral 25.10 del artículo 25 del RLGIT[1].
El TFL aclara que la imposición del empleador de sanciones disciplinarias a los trabajadores huelguistas y la colocación de comunicados y/o carteles advirtiendo la imposición de sanciones por continuar con la huelga es un tipo de afectación del derecho a la huelga que debe ser subsumida como una infracción muy grave tipificada en el numeral 25.9 del artículo 25 del RLGIT y no en el numeral 25.10 del artículo 25 del RLGIT. |
[1] Reglamento de la Ley de Inspección del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo 19-2006-TR.
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