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MINING-MINIATURA
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Lexm@il – Autorizan publicación del Padrón Minero Nacional 2025

13/1/2025
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Con fecha 10 de enero de 2025, se publicó en la edición extraordinaria del Diario Oficial “El Peruano”, la Resolución de Presidencia No. 000005-2025-INGEMMET/PE, mediante la cual el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (“INGEMMET”) autorizó la publicación del Padrón Minero Nacional 2025. Al respecto, mencionamos algunas consideraciones a tomar en cuenta respecto a este documento:

  • El Padrón Minero Nacional se elabora en base a la información obrante en el Sistema de Derechos Mineros y Catastro (“SIDEMCAT”), actualizada al 31 de diciembre de 2024 y generada por el INGEMMET, el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de acuerdo con sus respectivas competencias.
  • Incluye el área de los petitorios mineros y respecto de las concesiones mineras, considera su área libre disponible resultante de la existencia de áreas de respeto e incorporaciones de áreas extinguidas que se hubieren producido, a efectos de establecer el monto que corresponde pagar por derecho de vigencia y/o penalidad. En el caso de los petitorios o concesiones de beneficio, considera su capacidad instalada solicitada o aprobada, según corresponda.
  • En el caso de (i) concesiones mineras integrantes de una Unidad Económica Administrativa (“UEA”), (ii) acumulaciones o (ii) concesiones resultantes de divisiones o fraccionamientos, para el pago de la penalidad, se deberá tomar en cuenta el título de la concesión minera más antigua que integre la UEA o la acumulación, o la antigüedad del título de concesión que dio lugar a la división o fraccionamiento.
  • La UIT para el cálculo de la penalidad a pagar en el año 2025 (“Penalidad 2025”) es la designada para el año 2024, equivalente a S/5,150.00.
  • La UIT aprobada para el año 2025, equivalente a S/ 5,350.00, debe ser utilizada para el cálculo de (i) la producción o inversión mínima 2025; (ii) el cálculo de la penalidad que deba ser pagada en el año 2026 (“Penalidad 2026”); y (iii) el derecho de vigencia de los petitorios y concesiones de beneficio.
  • En el caso de concesiones mineras que adeuden el derecho de vigencia y la penalidad del año 2024, dicho año se considerará como pagado si ambos rubros son cancelados de forma íntegra.
  • El derecho de vigencia y/o penalidad podrán ser pagados hasta el 30 de junio de 2025, en el Scotiabank Perú S.A.A. y en el Banco de Crédito del Perú S.A., entidades del sistema financiero autorizadas ambas por el INGEMMET
  • La actualización de las obligaciones de pago de los derechos mineros publicados en el Padrón Minero Nacional 2025, se efectuará permanentemente en el SIDEMCAT; remitiéndose a las entidades financieras autorizadas, los nuevos montos que en su caso correspondan.