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Lexm@il – Modifican el Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros y aprueban la implementación del nuevo Sistema de Información Registral Minero Web

20/5/2026
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El 19 de mayo de 2026 se publicaron en el Diario Oficial “El Peruano” las Resoluciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 00065-2026-SUNARP/SN y N° 00071-2026-SUNARP/SN, mediante las cuales se modifica el Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros y se aprueba la implementación del nuevo Sistema de Información Registral Minero Web (SIR Minero Web), respectivamente.

Estas normas tienen como finalidad actualizar la organización de las partidas registrales, optimizar los procesos, eliminar actuaciones administrativas innecesarias y armonizar el marco normativo con el entorno digital.

Principales modificaciones:

  • Implementación del SIR Minero Web: Se aprueba esta nueva plataforma tecnológica en entorno web orientada al ingreso estructurado de datos, la cual procesará automáticamente la información calificada por el registrador para transformarla directamente en asientos registrales, optimizando y simplificando los servicios de inscripción y publicidad.
  • Competencia nacional del registrador: Se establece la competencia nacional para los registradores del Registro de Derechos Mineros para la calificación de títulos, facilitando la tramitación de actos que involucren múltiples Oficinas Registrales.
  • Determinación de Oficina Registral competente: Se dictan reglas precisas de competencia territorial; en caso de que una concesión se encuentre bajo el alcance de dos o más Oficinas Registrales, será competente aquella donde se ubique el mayor porcentaje de área de la concesión. Para ello, el titular deberá presentar una declaración jurada con firma legalizada indicando dicha condición.
  • Regulación de Contratos de Riesgo Compartido (Joint Venture): Se detalla su inscripción en el Libro de Contratos de Riesgo Compartido de la oficina del domicilio señalado en el contrato. Asimismo, se regula que, ante la conclusión del contrato, el registrador cerrará la partida correspondiente y anotará simultáneamente el cierre en las partidas de las concesiones aportadas.
  • Procedimientos de Acumulación, Fraccionamiento y División: Se incorporan reglas de actuación especializada. Para la acumulación se procederá con la apertura de una nueva partida y el cierre simultáneo de las partidas de origen. Si las concesiones involucradas pertenecen a oficinas distintas, el registrador que realiza el acto principal tendrá plena competencia para extender los asientos de cierre de partida o reducción de área en las otras sedes.

Cabe resaltar que estas modificaciones normativas no establecen, incorporan ni modifican exigencias que generen una variación de costos o tasas registrales en su cumplimiento por parte de las empresas o ciudadanos.

Vigencia:

El nuevo reglamento general rige desde el 19 de mayo de 2026. No obstante, las disposiciones vinculadas a la competencia nacional y las nuevas actuaciones en oficinas múltiples se implementarán progresivamente junto con el despliegue del SIR Minero Web.

Dichas disposiciones entraron en vigencia el 19 de mayo para la Oficina Registral de Trujillo; y regirán a partir del 27 de junio de 2026 en las demás Oficinas Registrales a nivel nacional.