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Modifican el Listado de Proyectos de Inversión sujetos al SEIA del sector saneamiento

26/10/2026
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El 25 de octubre de 2026, se publicó la Resolución Ministerial N° D000347-2026-MINAM (en adelante, la “Modificatoria”), mediante la cual se modifica la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”) del sector saneamiento.

Sin perjuicio de la obtención de los títulos habilitantes que correspondan, los siguientes proyectos no se encuentran sujetos al SEIA, siempre que estén referidos a la implementación de pozos como componente aislado para uso poblacional, que incluya su línea de impulsión y equipamiento:

Proyectos de Saneamiento bajo competencia del Gobierno Nacional

7.

Represamiento de agua para potabilización.

8.

Proyectos Integrales de Agua y Saneamiento para poblaciones mayores a 15,000 habitantes.

9.

Proyectos integrales de agua y saneamiento o la ejecución parcial de cualquiera de sus componentes, que cumplan con al menos una de las siguientes condiciones:

a. Ubicado total o parcialmente en Áreas Naturales Protegidas (ANP), Zonas de Amortiguamiento (ZA) y/o Áreas de Conservación Regional (ACR):

Para poblaciones mayores de 1000 habitantes, o realicen desbosque, o realicen el vertimiento de efluentes (aguas residuales) tratados (*).

b. Ubicados al interior de sitios arqueológicos, en áreas no intervenidas.

10.

Sistemas de Tratamiento y Disposición Final de aguas residuales domesticas o municipales para poblaciones mayores a 15,000 habitantes.

Los proyectos de saneamiento no sujetos al SEIA deben ser desarrollados de conformidad con el marco legal vigente, debiendo el titular de los mismos cumplir las normas ambientales de carácter general que pudieran corresponder, en virtud de lo dispuesto por el artículo 23 del Reglamento de la Ley del SEIA, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM.

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