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MTPE publica Protocolo de SST ante El Niño: ¿qué acciones deben tomar las empresas?

2/11/2026
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El 1 de noviembre de 2026, se publicó la R.M. 341-2026-TR que aprobó el Protocolo de Seguridad y Salud en el Trabajo ante el Fenómeno El Niño (“FEN”), que sirve como instrumento orientador de alcance nacional e integra los procedimientos de prevención, preparación, respuesta y retorno seguro frente al FEN en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (“SGSST”) de cada centro laboral.

¿Qué implica para los empleadores?

Fase

¿Qué debe hacer el empleador?

Evidencia

Prevención

(Antes de la emergencia)

Fase para evitar nuevos riesgos y reducir los existentes.

  • Rediseñar o adecuar la infraestructura (p. ej., reforzar techos, asegurar drenajes, instalar barreras contra inundaciones y mejorar la ventilación en zonas de calor extremo).
  • Actualizar la matriz IPERC considerando los riesgos asociados al FEN: físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, psicosociales, entre otros.
  • Registro de inspecciones de seguridad y salud en el trabajo (zonas de trabajo, equipos, entre otros)
  • Matriz IPERC actualizada.

Preparación

(Antes de la emergencia)

Fase para organizar y entrenar

  • Actualizar el Plan de preparación y respuesta ante emergencias considerando los riesgos asociados al FEN (lluvias, huaicos, inundaciones, estrés térmico, entre otros).
  • Conformar brigadas de emergencia y brindar capacitación y entrenamiento en: primeros auxilios, evacuación y rescate bajo condiciones climatológicas severas, entre otros.
  • Asegurar la entrega de equipos de seguridad o emergencia (protector solar FPS 50+, EPP impermeable, botiquines, agua potable, entre otros).
  • Plan de preparación y respuesta ante emergencias actualizado considerando los riesgos asociados al FEN.
  • Registros de capacitación y entrenamiento a brigadas y simulacros específicos de inundación/evacuación.
  • Registros de entre de equipos de seguridad o emergencia.

Respuesta

(Durante la emergencia)

Fase para ejecutar lo planificado.

  • Activar las alarmas y protocolos de evacuación inmediata hacia las zonas seguras previamente identificadas.
  • Ejercer la paralización de actividades si se configura una situación de "peligro inminente" para resguardar la vida de los trabajadores.
  • Brindar primeros auxilios y coordinar el traslado médico ante golpes de calor, accidentes por colapso estructural o desastres, entre otros.
  • Constancia de cumplimiento de acciones de respuesta ante emergencias.
  • Constancia de paralización de actividades por peligro inminente.
  • Constancia de atención médica, según corresponda.

Recuperación

(Después la emergencia)

Fase para reestablecer las operaciones.

  • Evaluar la infraestructura del lugar de trabajo antes del retorno del personal (verificar que no existan cables expuestos o estructuras debilitadas, vectores como el dengue en aguas estancadas, entre otros).
  • Implementar criterios de retorno seguro y, si es necesario, autorizar el teletrabajo para puestos viables en zonas de accesibilidad dañada.
  • Investigar incidentes/accidentes ocurridos durante la emergencia y actualizar los planes, programas, entre otros, según corresponda.
  • Informe Técnico de Inspección de Seguridad post-emergencia
  • Constancia de cumplimiento de criterios de retorno seguro
  • Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes

Riesgos que requieren especial atención

El protocolo destaca, entre otros, los siguientes peligros:

  • Estrés térmico y radiación UV.
  • Contacto con aguas residuales, lodos y agentes biológicos.
  • Ahogamiento y atrapamiento en el agua.
  • Riesgos eléctricos por inundaciones.
  • Colapso de estructuras e inestabilidad de terrenos.
  • Accidentes asociados al tránsito y operación de maquinaria en condiciones adversas.