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Boletín

Proposición legislativa de interés tributario

19/10/2026
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Se propone ampliar hasta el ejercicio 2029 las exoneraciones previstas en la Ley del Impuesto a la Renta, y regular obligaciones para las asociaciones sin fines de lucro y fundaciones afectas que hayan obtenido la exoneración del Impuesto a la Renta

Con fecha 5 de octubre de 2026, el Poder Ejecutivo presentó la Proposición Legislativa No. 00509-2026-2031-CD, mediante la cual se propone efectuar modificaciones tributarias al régimen de exoneración del Impuesto a la Renta, con particular énfasis en la exoneración del Impuesto a la Renta a las asociaciones sin fines de lucro y fundaciones afectas.

En efecto, la Proposición Legislativa propone ampliar las exoneraciones previstas en el artículo 19 de la Ley del Impuesto a la Renta hasta el 31 de diciembre de 2029. Asimismo, la Proposición Legislativa introduce ciertas disposiciones vinculadas a las asociaciones sin fines de lucro y fundaciones afectas que cuentan con la exoneración del Impuesto a la Renta:

  • La obligación de presentar una declaración jurada anual informativa destinada a acreditar el mantenimiento de las condiciones de exoneración.
  • Excluir la exoneración respecto de asociaciones sin fines de lucro o fundaciones afectas que no hayan presentado la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta o la declaración jurada anual informativa antes referida.
  • La regularización de la presentación de las declaraciones antes mencionadas no restituye la exoneración en el ejercicio gravable para dichas asociaciones sin fines de lucro y fundaciones afectas.
  • La SUNAT publicará en su portal institucional la lista de las sociedades o instituciones religiosas, fundaciones afectas y asociaciones sin fines de lucro exoneradas con el Impuesto a la Renta, así como la suma de rentas exoneradas de dichas entidades, agrupadas según el tipo de contribuyente en el RUC.

A la fecha, la Proposición Legislativa se encuentra en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera de la Cámara de Diputados. De obtenerse un dictamen favorable, la Proposición Legislativa será revisada por el Senado.