
#DatoLaboral – «¿Se puede sancionar disciplinariamente a un trabajador por tener una relación sentimental con una persona con la cual labora?»
Especialistas en el tema
¡Nuevo episodio de #DatoLaboral! En esta edición edición del #DatoLaboral 2025, se analiza la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente 4667-2022-PA/TC la cual concluye que el sólo hecho de mantener una relación sentimental en el centro de trabajo no puede considerarse como una falta grave, pues se afectaría el contenido del libre desarrollo de la personalidad previsto en el artículo 2.1 de la Constitución. Dante Botton y Elías Munayco, del área laboral del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, exploran los argumentos del fallo, así como los alcances para la gestión de estos casos en la Empresa.
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