
Se aprueban los LMP para efluentes de las actividades de curtido y adobo de cuero
24/8/2023
El miércoles 23 de agosto, se publicó el Decreto Supremo N° 010-2023-MINAM, que aprueba los Límites Máximos Permisibles para efluentes de las actividades de curtido y adobo de cuero, así como adobo y teñido de pieles, aplicable a los titulares que realicen dichas actividades y que producto de ello dispongan sus efluentes en cuerpos de agua, con excepción de aquellos que vierten sus efluentes a la red de alcantarillado sanitario o realicen el reúso de los mismos.
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