

De acuerdo con el Decreto Legislativo 713, el próximo viernes 1 de mayo de 2020 es día feriado por conmemorarse el “Día del Trabajo”. Al respecto, el artículo 9 del Decreto Supremo 12-92-TR precisa que cuando el “Día del Trabajo” coincida con el día de descanso semanal obligatorio (DSO) del trabajador, se le deberá pagar un día de remuneración por el citado feriado, independientemente de la remuneración por el día de descanso semanal correspondiente.
En este sentido, los empleadores deberán tener en consideración las situaciones en las cuales podrían encontrarse sus trabajadores, a efectos de cumplir con lo dispuesto por la norma laboral:

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