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Infografía

Infografía – Tratamiento laboral del Feriado del 1 de mayo de 2026

28/4/2026
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El viernes 1 de mayo de 2026 es día feriado por conmemorarse el “Día del Trabajo”. En ese contexto, a continuación, se detallan los escenarios que suelen presentarse y que las empresas deben considerar para efectos de la adecuada organización del trabajo durante dicha fecha, considerando el marco legal vigente.

  1. El 1 de mayo coincide con el DSO y el trabajador descansa

Remuneraciones que recibe el trabajador:

  • Una remuneración diaria por el DSO (incluida dentro de su remuneración mensual)
  • Una remuneración diaria por el feriado.

Salvo que el DSO o el feriado se trasladen para otra oportunidad.

  1. El 1 de mayo coincide con el DSO, pero el trabajador labora

Remuneraciones que recibe el trabajador:

  • Una remuneración diaria por el DSO (incluida dentro de su remuneración mensual).
  • Una remuneración diaria por el feriado.
  • Una remuneración por la labor efectivamente realizada, más la sobretasa del 100%.

Salvo que el DSO y/o el feriado se trasladen para otra oportunidad o se otorgue descanso compensable.

  1. Es un día laborable y el trabajador descansa por el feriado

Remuneraciones que recibe el trabajador:

  • Una remuneración diaria por el feriado (incluida dentro de su remuneración mensual).
  1. Es un día laborable, pero el trabajador presta servicios a pesar del feriado

Remuneraciones que recibe el trabajador:

  • Una remuneración diaria por el feriado (incluida dentro de su remuneración mensual).
  • Una remuneración por la labor efectivamente realizada, más la sobretasa del 100%.

Salvo que el feriado se traslade para otra oportunidad o se otorgue descanso compensable.

El incumplimiento de las disposiciones relacionadas a los feriados constituye una infracción muy grave que puede ser sancionada con multas desde S/ 14,465.00 hasta S/ 288,915.00.