
Mediante la Ley N° 31112 y el Decreto Supremo N° 039-2021-PCM, se aprobaron la Ley que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial y su reglamento, respectivamente, estableciendo un nuevo régimen de control de concentraciones aplicable a cualquier acto de concentración que se realice en cualquier ámbito de la actividad económica.
Anteriormente la legislación peruana únicamente requería de una notificación y autorización previa en los casos de concentraciones de tipo vertical u horizontal que se producían en las actividades de generación, transmisión y/o distribución de energía eléctrica.
La Ley y su Reglamento entrarán en vigencia el 14 de junio de 2021. Los actos de concentración previos a la entrada en vigencia no estarán sujetos a autorizaciones administrativas, excepto por las concentraciones horizontales o verticales que se produzcan en el mercado eléctrico, las cuales continuarán bajo el régimen vigente hasta que entre en vigor la nueva norma.
A continuación, brindamos un resumen general de las principales características del régimen de concentraciones en el Perú:
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