
Boletín Lextribut@rio – Primera quincena de julio: Casaciones de Interés
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La Corte Suprema se pronuncia sobre el análisis respecto a la deducción de un gasto efectuado a mérito del incumplimiento de una cláusula contractual.
A través la Casación No. 19406-2023, publicada el 03 de julio de 2025, la Quinta Sala de la Corte Suprema analizó una controversia vinculada a la deducción como gasto el pago de una indemnización derivada de un incumplimiento contractual y la restitución de pagos indebidos generados entre privados.
Respecto a la restitución de pagos indebidos, la Corte Suprema señaló que dicho concepto si cumple con el principio de causalidad, pues, se trata de una devolución generada como consecuencia de relaciones comerciales normales, por lo que se trata de gastos que responden a criterios de normalidad, razonabilidad y generalidad.
Por su parte, la indemnización por incumplimiento contractual o por daños y perjuicios, de acuerdo con la opinión de la Corte Suprema, no cumplen con el principio de causalidad, aun cuando se encuentren previstas dentro de las cláusulas contractuales, debido a que, dichos gastos son efectuados como consecuencia de la negligencia del contribuyente. Ninguno de ellos tiene la finalidad de mantener la fuente generadora de renta ni generar renta gravada.
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