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Mediante la Resolución del Tribunal Fiscal No. 10387-5-2023 (en adelante, “RTF”), publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 4 de enero de 2024, el Tribunal Fiscal se pronunció sobre el valor de mercado de las remuneraciones de los trabajadores para efectos del Impuesto a la Renta. En particular, el Tribunal Fiscal estableció como precedente de observancia obligatoria lo siguiente:
“Para establecer el valor de mercado de las remuneraciones, no se requiere la existencia de más de un trabajador que realice funciones similares o que se encuentre ubicado dentro del grado, categoría o nivel jerárquico, dentro de la estructura organizacional de la empresa.”
En tal sentido, en la RTF, el Tribunal Fiscal señalo que, en el caso particular, no existía un referente para establecer el valor de mercado de la remuneración del gerente general, al ser el máximo órgano en la estructura empresarial del contribuyente, por lo que no correspondía que la Administración Tributaria realice la comparación con otro gerente de rango inferior para efectos de establecer el valor de mercado de su remuneración.
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