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Lexambient@l – Aprueban nuevo Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA

22/8/2025
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El 19 de agosto de 2025, se publicó la Resolución de Consejo Directivo N° 22-2025-OEFA/CD, mediante la cual se aprobó el nuevo Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (“OEFA”).

Entre las principales disposiciones del nuevo Reglamento se destacan:

a) Afiliación al Sistema de Casillas Electrónicas (“SICE”)

  • Los administrados que cuentan con casillas electrónicas del SICE creadas bajo el Reglamento anterior, continuarán recibiendo notificaciones electrónicas en dicha casilla. A partir del 20 de agosto de 2025, podrán acceder a su casilla electrónica a través de la Plataforma Única de Servicios Digitales (“PLUSD”), donde deberán manifestar su conformidad con los términos y condiciones del uso del SICE.
  • Para aquellos administrados no autenticados en el marco del anterior Reglamento, el OEFA comunicará la creación de la casilla electrónica, a efectos de que se afilien al SICE.

b) Efectos legales de la notificación electrónica

  • Para que la notificación del acto administrativo o actuación administrativa sea válida, el SICE debe enviar mensajes de alerta sobre el depósito en la casilla electrónica tanto al correo electrónico como al número de teléfono celular registrados por el Usuario SICE.
  • La notificación electrónica se efectúa en días hábiles durante el horario de atención al público del OEFA. Las notificaciones realizadas después de dicho horario se entienden efectuadas al día hábil siguiente a la primera hora.
  • El SICE generará automáticamente la Constancia de Acuse de Recibo cuando el usuario acceda al mensaje de notificación durante los cinco (5) primeros días hábiles siguientes a la notificación válidamente efectuada. Esta constancia constituye la confirmación de recepción de la notificación electrónica.
  • La notificación electrónica surte efectos legales en la oportunidad que conste haber sido recibida por el Usuario SICE, de acuerdo con la fecha y hora registradas en la Constancia del Acuse de Recibo autogenerada por el SICE. En caso de que el usuario no acceda al mensaje de notificación depositado en su casilla, los efectos legales surten a partir del día hábil siguiente al vencimiento del plazo de cinco (5) días hábiles posteriores a la notificación válidamente efectuada.
  • El cómputo de los plazos para las acciones que correspondan en virtud del acto notificado se inicia al día hábil siguiente de la fecha registrada en la Constancia de Acuse de Recibo o, en su defecto, a partir del séptimo día hábil posterior a la fecha de notificación electrónica válidamente efectuada, salvo que en el acto notificado se establezca una fecha posterior para el inicio del cómputo del plazo.

c) Otras disposiciones

  • En los casos en que sea imposible el uso del SICE, el OEFA notificará a través de las otras modalidades previstas en el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, tales como: (i) notificación personal en el domicilio, (ii) telegrama, correo certificado o telefax, o (iii) publicación en el Diario Oficial o en uno de los diarios de mayor circulación.
  • En caso de interrupción en el funcionamiento del SICE, el OEFA comunicará oportunamente la situación a través de su sede digital y otros medios adicionales que considere pertinentes.
  • Los administrados que pasen a la competencia del OEFA en virtud de las transferencias de funciones deberán afiliarse al SICE a partir del día hábil siguiente a la fecha de asunción de funciones por parte del OEFA.