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Lexl@boral

Lexl@boral – SUNAFIL inicia acciones para fiscalizar el cumplimiento de la cuota de discapacidad

24/2/2026
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La SUNAFIL viene notificando a los empleadores cartas inductivas con la finalidad de identificar posibles incumplimientos de la cuota de contratación de personas con discapacidad.

OBLIGACIÓN FISCALIZADA

Los empleadores del sector privado están obligados a contratar personas con discapacidad en una proporción no menor al 3%, siempre que cuenten con más de 50 trabajadores.

INFORMACIÓN SOLICITADA POR LA SUNAFIL

  • Constancias de alta en el T-Registro del 2026.
  • Certificados de discapacidad de los trabajadores con discapacidad que laboraron durante el 2025.
  • Constancias de baja de los trabajadores con discapacidad que cesaron en el 2025.
  • Reportes TR3, TR5 y R05.

En caso de no presentar la documentación solicitada a través de la carta disuasiva, la SUNAFIL podrá iniciar procedimientos inspectivos e imponer multas en caso de incumplimientos u omisiones.

Multa mínima Multa máxima
S/ 8,635.00, considerando de 1 a 10 trabajadores afectados S/ 143,660.00, considerando de 1000 a más trabajadores afectados

PARA TENER EN CUENTA

  • Si el empleador no generó nuevos puestos de trabajo, no existirá obligación de cumplir con la cuota de empleo.
  • En caso de haberse generado vacantes en el año, quedará justificado el incumplimiento si el empleador acredita cumplir
    copulativamente con los requisitos establecidos por la norma.