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Nuclear power plant cooling towers, big chimneys beside Wheat field with partly cloudy sky in Kurdistan province, iran
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Lexm@il – Publican Ley que Promueve la Generación Eléctrica de Origen Nuclear y la Instalación de Reactores Modulares Pequeños (SMR) en el país

23/3/2026
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El domingo 22 de marzo de 2026, se publicó la Ley N° 32560, Ley que Promueve la Generación Eléctrica de Origen Nuclear y la Instalación de Reactores Modulares Pequeños (SMR) en el país.

La finalidad de la presente ley es establecer un marco normativo para la diversificación de la matriz energética y el aprovechamiento de recursos de uranio que se encuentren en territorio nacional de manera pacífica, segura y sostenible.

A continuación, exponemos sus principales alcances para la implementación de Reactores Modulares Pequeños (“SMR”, por sus siglas en inglés):

  • La ley establece como entidades competentes al Ministerio de Energía y Minas (MINEM), el Ministerio del Ambiente (MINAM) y el Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN), las cuales deben coordinar las acciones necesarias para determinar la viabilidad de la instalación de los SMR. Asimismo, se designa al MINEM como la entidad responsable de dichas coordinaciones y de promover la participación de la inversión privada, en un régimen de libre competencia, para el desarrollo de estos proyectos.
  • Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a efectuar las gestiones necesarias para el financiamiento de los proyectos que sean determinados viables en coordinación con las entidades involucradas.
  • La ley dispone la elaboración de un estudio de emplazamiento previo a la ejecución del proyecto de instalación de SMR para garantizar la seguridad radiológica, nuclear y física. Asimismo, se señala que la instalación de SMR debe cumplir con las recomendaciones señaladas en el artículo 39 del Reglamento de la Ley 28028.
  • La disposición complementaria modifica el artículo 5 del Decreto Ley 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, agregando que la generación de energía eléctrica de origen nuclear se encuentra bajo el alcance de la Ley 28028, Ley de regulación del uso de fuentes de radiación ionizante, y su reglamento.

Esta ley ha sido publicada por el Congreso tras la reconsideración y aceptación de las observaciones formuladas por el Poder Ejecutivo. En ese contexto, el Ejecutivo sugirió precisar con claridad la entidad competente y las facultades atribuidas, con el fin de evitar interpretaciones ambiguas. Asimismo, propuso excluir a la modalidad de Asociaciones Público Privadas para el desarrollo de estos proyectos, en tanto podrían contravenir el régimen de libre competencia en un mercado competitivo que no amerita intervención estatal.