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Lexm@il – Promulgan Decreto Legislativo aplicable a la SMV

3/10/2024
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El 2 de octubre se publicó el Decreto Legislativo 1683 (el “DL”) que establece que la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) podrá declarar un procedimiento administrativo sancionador (PAS) como de alta complejidad y aplicar plazos distintos a los establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG); para la resolución de recursos impugnativos presentados en estos. Los plazos de atención que tendrá la SMV para resolver los recursos de apelación y reconsideración en procedimientos de alta complejidad:

  • Reconsideración: 45 días hábiles.
  • Apelación: 90 días hábiles.

La SMV deberá declarar la complejidad dentro de los 3 días hábiles siguientes de interpuesto el recurso administrativo correspondiente. Dicho plazo forma parte del plazo máximo para la resolución del recurso administrativo.

Aquellos casos que no tengan alta complejidad se sujetarán a los plazos vigentes de la LPAG para la resolución de recursos impugnativos. Es decir, 30 días hábiles para apelación y 15 días hábiles para reconsideración.

En un plazo no mayor de 60 días hábiles de publicado el DL, la SMV deberá emitir una resolución con los criterios a ser considerados para que un PAS sea calificado de  alta complejidad.

El DL entra en vigencia el día siguiente de la publicación en el diario oficial El Peruano de la resolución SMV que apruebe los criterios antes referidos.